ASOCIACIÓN CRISTIANA
DE PROFESIONALES DE SALUD
DEL PERÚ
DEVOCIONAL
MARZO
2010
“A los cielos y a la tierra
llamo por testigos hoy contra vosotros, de que os he puesto delante la
vida y la muerte, la bendición y la maldición; escoge, pues, la vida,
para que vivas tú y tu descendencia;….” (Dt.30:19)
“escoge, pues, la
vida,…” La opción por la vida es un imperativo bíblico y en
consecuencia para el cristiano, cuya influencia debe ser como la luz y
sal en esta nación. Teniendo como premisa este principio
podemos evaluar y opinar, como profesionales de salud, críticamente
los lineamientos o políticas referidas a la salud de muestra población.
Esta es nuestra obligación.
El día 9
de marzo el Ministerio de Salud (MINSA) emitió una resolución (RM Nº
167-2010/MINSA) por la cual dispone la distribución masiva y gratuita de
la Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE), más conocida como la
píldora del día siguiente (PDS), en todas las entidades públicas, asistenciales,
policlínicos y demás centros hospitalarios. La incorporación de
este método a las normas de planificación familiar es un tema en debate
desde el 2001 en nuestro país, pero el año pasado, en
octubre, el Tribunal Constitucional (TC) prohibió esta
medida al considerar que no existen pruebas definitivas que descarten su
acción abortiva. Paradójicamente se permitió su venta en los
establecimientos particulares de salud. Cabe señalar que nuestro país no
es el primero en emitir un pronunciamiento contrario a la AOE, antes lo
han hecho Argentina, Ecuador y Chile.
Además
del desacato a una sentencia del máximo organismo encargado de velar por
el cumplimiento de la Constitución, esta decisión despierta varias
interrogantes. En primer lugar llama la atención que la justificación
para la resolución del MINSA está basada en un informe de la
Organización Mundial de la Salud (OMS), según el cual la
píldora no es abortiva de acuerdo a últimas evidencias
científicas. Llama la atención por varios motivos. Primero porque
esta evidencia “ultima” es la misma en la que se baso el TC para la
prohibición de su distribución, es decir, no hay tal información
actualizada; segundo, porque la OMS es un organismo técnico y político cuyas
resoluciones solo tienen carácter de recomendación y no rigen las
políticas de salud de un país; tercero, porque la OMS
tiene una direccionalidad reconocida a favor del aborto; y, cuarto,
porque el concepto de este organismo sobre el inicio de la vida difiere
notablemente del concepto expresado en la legislación peruana. Para la
OMS, la vida humana empieza con la anidación del embrión en el
endometrio que ocurre aproximadamente siete días después de la
fecundación, no antes, mientras que nuestra
Constitución reconoce que la vida humana se inicia con la concepción
o fecundación, es decir desde la unión del óvulo con el
espermatozoide, y la protege, desde
entonces, concediéndole todos sus derechos, siendo el más importante el
derecho a la vida. “El concebido es sujeto de derecho en
todo cuanto le favorece” (Capítulo I, Art. 2.1 de la Constitución
Política).
En segundo lugar, llama
la atención de la necesidad de incorporar este método al actual
programa de planificación familiar cuando existen métodos de comprobada
eficacia y, especialmente, el que se apruebe su uso cuando aún no hay
evidencia científica suficiente que descarte un riesgo
para la vida del embrión humano. La PDS contiene levonorgestrel 0.75 mg,
un hormona sintética, en una concentración cincuenta veces mayor que en
los anticonceptivos comunes. La inmensa información científica al
momento refiere tres efectos por los cuales esta píldora reduciría la
posibilidad, mal llamado “riesgo”, de embarazo: 1) la inhibición de la
ovulación (efecto anovulatorio); 2) la modificación de la textura del
moco cervical, impidiendo la libre movilidad de los espermatozoides y
por lo tanto la fecundación; 3) impide la implantación del embrión en el
útero, mediante la alteración del endometrio, si éste no ha completado
aún su recorrido hacia el útero, con la consecuente expulsión y pérdida
del embrión. Este último es el llamado “tercer efecto”, el efecto
abortivo. Aunque para un sector de la comunidad científica
este efecto es aún controversial, es afirmado por un organismo de
elevado nivel técnico como la FDA (Food and Drug Administration),
organización rectora en la regulación de medicamentos de los Estados
Unidos, y por los mismos laboratorios farmacéuticos que la
fabrican, sobre
la base de sus investigaciones, en los insertos que
acompañan a su presentación comercial (Glanique, Postinor 2, Nortrel,
Plan B, entre otros). El más reciente estudio (2007)
realizado por médicos del Departamento de Medicina en Salud Pública de
la Universidad de Bielefeld (Alemania) indica claramente que el
“verdadero efecto” incluye mecanismos que previenen la implantación.
Aunque
aceptáramos que aún no se puede descartar que sea abortivo, esta duda y
la posibilidad de que actúe en algunos casos produciendo la pérdida del
óvulo fecundado o embrión, así sea mínima, nos plantea un dilema ético
insoslayable que nos obliga a rechazar su uso. Toda la evidencia
científica al momento señala que la vida humana se inicia en el momento
de la fecundación donde adquiere identidad genética propia y única, de
manera que toda acción que atente contra su vida en un estadio tan
temprano y vulnerable y produzca su muerte es un crimen penado por
nuestras leyes. Violar el más fundamental de los derechos de la persona,
el derecho a la vida, matar a un ser humano de cualquier
edad o en cualquier etapa de su desarrollo, ya se encuentre dentro del
seno materno o fuera de él, es un crimen contra la ley de Dios.
El
importante problema de salud pública en nuestro país que ha motivado, de
acuerdo al MINSA, la incorporación de la AOE es el
elevado número de embarazos no deseados y de abortos inducidos. Esta
medida del MINSA no sólo no contribuye a cambiar la conducta sexual que conduce
a tales situaciones sino que podría, por el contrario, alentarla, y
devenir en su uso rutinario. ¿No es posible reducir las “emergencias” o
actos sexuales no protegidos antes que de alguna manera propiciarlos al
darle al joven una “salida”? ¿está la población lo suficientemente
informada sobre sus efectos y riesgos para la salud de la mujer y el
embrión? ¿se ha informado el hecho de que no elimina la posibilidad de
embarazo y que solo la reduce? Se ha observado que a mayor promoción de anticonceptivos más relaciones
sexuales y a la postre más embarazos y más enfermedades de transmisión
sexual. Los investigadores han descubierto que hay más embarazos
de adolescentes donde más se difunden los anticonceptivos.
Teniendo
en cuenta las consideraciones mencionadas, ¿es esta medida una opción
por la vida? ¿por una vida digna? Al parecer, no. Estemos atentos y
contribuyamos desde nuestra trinchera o radio de acción a que los
lineamientos o políticas de salud en nuestro país tengan
como sustento la defensa de la vida y el respeto de la dignidad de cada
persona, sin distinción alguna, incluyendo la de la
persona que aún no nace, que aún está formando su sangre y sus huesos,
que Dios esta modelando en el vientre de su madre y para quién Él tiene
un propósito.
Aníbal
Del Águila Escobedo
Médico Pediatra
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ideas, sugerencias o si deseas conocer más de la asociación:
acsa.peru@yahoo.com
ACSA PERU….un punto de encuentro entre profesionales de salud
que buscan vivir la realidad de Jesucristo y compartirla
laneta Tierra te mas y mas hijos que no podrás mantener y harás más presion social, ambiental y económica para el mundo, eso quieres? pues vamos a la destrucción del orbe donde habrán guerras por el agua y la comida en medio de la gran contaminación que todos estos nuevos millones de humanos producen.